Unidad de Inversión y Enlace con Sectores de Desarrollo
Presentación
La Unidad de Inversión y Enlace con Sectores de Desarrollo articula la vinculación con los sectores productivo, público y social, alineando sus necesidades con las capacidades de investigación de la Universidad. Gestiona el catálogo de servicios y propiedad intelectual, impulsa financiamiento para la maduración tecnológica y facilita la transferencia del conocimiento con impacto social y económico.
Atribuciones
1. Promover la vinculación con los sectores productivos, identificar sus necesidades y áreas de oportunidad en colaboración con las áreas de investigación y posgrado de la Universidad de Guadalajara;
2. Actualizar y sistematizar la información referente a la demanda de servicios tecnológicos de los sectores productivos, para el conocimiento del personal académico dedicado a la investigación;
3. Generar y actualizar, en forma conjunta con los Centros Universitarios y el Sistema de Educación Media Superior, el catálogo de servicios, patentes, modelos de utilidad y propiedad intelectual de la Universidad de Guadalajara, así como los mecanismos, condiciones y pasos para la prestación de servicios y/o recomendaciones para transferir propiedad intelectual;
4. Promover la búsqueda de financiamiento público y/o privado para la maduración tecnológica de los desarrollos propiedad de la Universidad de Guadalajara;
5. Trabajar en la resolución de problemas y/o necesidades sociales a través de grupos interdisciplinarios de investigación científica y tecnológica, y en coordinación con organismos de la sociedad civil, privados o públicos;
6.Proponer los modelos de acuerdos de confidencialidad que deberán aceptar terceros interesados, a fin de proteger los intereses de la Universidad respecto a la información revelada y/o intercambiada durante los procesos de transferencia de tecnología y demás instrumentos para la vinculación;
6. Proponer políticas y lineamientos en materia de: participación en proyectos de investigación vinculados con el sector productivo, difusión de la cultura de la protección de la propiedad intelectual de la Universidad, beneficios que obtendrá el personal académico derivado de la transferencia, principios para dirimir conflictos de intereses del personal académico, y condiciones mínimas para los diversos tipos de transferencia de tecnología y conocimiento, y
7. Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.
Fuente: Dictamen Núm. IV/2025/121 aprobado en sesión extraordinaria del H. Consejo General Universitario el día 27 de marzo de
2027.
